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3. ¿Tengo suficiente dinero?
Si la opción de comprar una vivienda es la que más te conviene, lo siguiente
que debes hacer es un cálculo de básico del dinero del que dispones.
Seguramente los recursos con los que cuentas son alguno de los siguientes.
3.1 Cuenta vivienda
Puede que hace unos años, con el fin de ahorrar para la compra de tu vivienda
habitual hayas abierto una cuenta de este tipo. Debes saber que
dispones generalmente de 4 años (en Navarra y el País Vasco son 6
años) de desgravación en el IRPF antes de emplear todo el dinero
ahorrado en la compra de tu vivienda.
Las cuentas vivienda son en realidad cuentas corrientes o depósitos bancarios
que te permitirán desgravar hasta un 15% de las cantidades que
ingreses anualmente. De esta manera, te beneficiarás de deducciones antes de
adquirir tu vivienda.
La aportación máxima anual sujeta a desgravación es de 9.015,18 euros, por
lo que la deducción máxima será de 1.352,28 euros.
3.2 Vivienda en propiedad
Es posible que ya dispongas de una vivienda en propiedad y quieras venderla
para adquirir otra más adecuada a la situación personal en que te encuentras.
Si es así, vende tu vivienda al mejor precio posible e intenta acogerte a la
exención por reinversión.
Debes saber que la diferencia entre el precio por el que vendes tu vivienda
(pongamos 300.000 euros) y el precio que te costó (por ejemplo 200.000 euros)
representa una plusvalía (en este caso 100.000 euros) que debe
quedar reflejada en tu declaración de la renta y por la que debes pagar
impuestos (18% de la plusvalía).
No obstante, si cumples una serie de requisitos puedes aplicar la exención
por reinversión y evitar ese pago fiscal. Los requisitos son los
siguientes:
-
La vivienda actual debe ser tu vivienda habitual.
-
La reinversión de la plusvalía obtenida en la venta de tu casa debe ser
reinvertida en la compra de tu nueva vivienda en un plazo máximo de 2 años.
Has de tener muy en cuenta que no empezarás a disfrutar de deducción en esta
segunda vivienda hasta que no hayas abonado o amortizado la inversión realizada
en tu primera vivienda más la plusvalía obtenida. Por tanto, has de calcular si
te interesa o no acogerte a la exención. En general, interesará aplicar
exención por reinversión cuando la cantidad a reinvertir, que genera deducción
en los dos años que marca la ley, sea inferior a 27.045 euros.
3.3 Inversiones (ahorros a plazo fijo, acciones, otros
inmuebles)
Posiblemente, antes de comprar tu vivienda, necesites hacer efectivo algunos
productos financieros que poseas. Algunos consejos:
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Si se trata de depósitos a plazo fijo
, ten en cuenta que disponer del dinero antes de tiempo puede suponer una
penalización por parte de tu banco.
-
Si tienes dinero en acciones
, ten en cuenta su cotización y las perspectivas de la bolsa antes de
venderlas. Debes saber que si las acciones las compraste antes de 1 año, su
venta tributará en el IRPF como ganancia o pérdida patrimonial integrada en la
base imponible general (para entendernos, se sumará al dinero que percibes por
tu trabajo como un ingreso más). Si su antigüedad es superior a 1 año, se
integrará en la base imponible especial (tributando a un 15%).
-
Si dispones de otros bienes inmuebles (garajes, locales,...) puede
que te interese venderlos ahora ya que del capital obtenido podrás obtener
importantes deducciones o reducir el importe de la hipoteca al comprar tu
vivienda habitual.
Al final, para responder a la pregunta de si tengo o no suficiente dinero, sólo
tendremos que calcular cuáles serán nuestros ingresos y gastos y hacerlos
cuadrar. Te aconsejamos que rellenes la siguiente tabla para hacer un cálculo
inicial:
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Gastos
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Ingresos
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Valor de la vivienda
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Cuenta vivienda
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Gastos de compraventa (gestoría, notaría, impuestos, ...)
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Venta de vivienda habitual
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Obras y reformas
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Aportación personal |
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| Otros gastos |
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Otros recursos |
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| TOTAL: |
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TOTAL: |
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